Renta 2014

Nos encontramos en las primeras semanas de campaña de Renta 2014 y, como informa la Aeat (www.agenciatributaria.es) , ya se han presentado 1.808.000 declaraciones, de las cuales, 782.000 han recibido su devolución. El plazo finaliza el próximo 30 de junio, por lo que tenemos un plazo de poco más de 2 meses para cumplir con nuestras obligaciones con hacienda.
Son muchos los contribuyentes que están comenzando a preparar su declaración, si eres uno de ellos te recordamos lo que debes de tener en cuenta :

¿Estoy obligado a declarar?

En términos generales, no están obligados a presentar declaración los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales.
Este límite anterior se reduce a 11.200 euros si los rendimientos proceden de más de un pagador, cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención.
Además, para el resto de los rendimientos, rigen los siguientes límites:
– Dividendos, intereses y plusvalías sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros.
– Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario procedentes de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros.
-Los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

Posibilidad de solicitar el borrador de la declaración de la Renta
Pueden utilizar este servicio los contribuyentes que cuenten con:
– rendimientos del trabajo
– rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta
– ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta
– pérdidas derivadas de fondos de inversión
– perceptores de subvenciones no destinadas a actividades económicas.

Revisión de los borradores
La Aeat facilita los borradores a los contribuyentes. Nuestro consejo es que debemos tomarnos nuestro tiempo y revisar con cuidado los datos incluidos en el mismo, para comprobar que son exactos o rectificar aquellos que no sean correctos.
En caso de dudas y para asegurarte de que el resultado de tu declaración te resulta lo más favorable y evitar incidencias o descuidos, acude a asesores profesionales como los de JSP Asesores. Colaboramos con nuestros clientes en la búsqueda de su mayor beneficio y tranquilidad. Para lograrlo trabajamos de forma metódica en el manejo de la información y rigurosa en el conocimiento de las normas aplicables a cada caso.
Fuente: AEAT

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